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Buenos Aires, 27 de abril de 2017.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Modifíquese la Cláusula Trigésima Segunda de la Ley 5688 - Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - que quedará redactada de la siguiente forma:

TRIGESIMO SEGUNDA. Créase en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Comisión de Seguimiento de la Etapa de Consolidación conforme Resolución 289/LCABA/015.
La Comisión está integrada por los/as Presidentes/as de las Comisiones de Seguridad, de Justicia y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria y veintidós (22) Diputados/as respetando la proporción en que los sectores políticos están representados en el seno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los que serán designados por la Vicepresidencia Primera de dicho cuerpo.
La Comisión tendrá una duración de un (1) año, y tiene por objeto el seguimiento, tratamiento y análisis integral de la segunda etapa - Consolidación - conforme el Convenio 1/16 firmado entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiendo elaborar dos (2) informes semestrales para ser presentados en plenario de las Comisiones mencionadas precedentemente.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.805

Sanción: 27/04/2017

Promulgación: Decreto Nº 149 del 27/04/2017

Publicación: BOCBA N° 5117 del 28/04/2017




 

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