Jueves 18 de abril de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Tributario y Fiscal
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Tributario y Fiscal - Condonación de deudas
 
Tributario y Fiscal
Condonación de deudas

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de diciembre de 2018

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Condónanse las deudas que registran las entidades deportivas sin fines de lucro en concepto de tributos establecidos en el Título III del Código Fiscal, así como intereses, multas, recargos y cualquier otro accesorio, excepto a las deudas registradas en inmuebles donde se emplacen estadios de práctica de fútbol profesional de primera división A (primera categoría) de los torneos organizados por la Asociación de Fútbol Argentino y/o la entidad a quien esta le encomiende su organización, así como aquellas instalaciones dedicadas exclusivamente a tal fin.

Artículo 2º.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de las deudas condonadas no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3º.- Si hubiera reclamo judicial por la deuda, los beneficiarios de la presente norma se harán cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

FRANCISCO QUINTANA

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6111

Sanción: 13/12/2018

Promulgación: Decreto Nº 005 del 02/01/2019

Publicación: BOCBA N° 5531 del 07/01/2019




 

www.ciudadyderechos.org.ar