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Inicio - Derechos - Animales - Animales domésticos (An)
 
Animales
Animales domésticos (An)

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 05 de diciembre de 2019

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Prohíbese la realización de intervenciones quirúrgicas estéticas que causen mutilaciones a los animales y/o modifiquen su aspecto externo, salvo aquellas que se realicen con el objetivo de prevenir o curar patologías específicas.

Artículo 2°.- Las prácticas quirúrgicas exceptuadas de la presente Ley deben realizarse bajo prescripción médica por parte de un Médico Veterinario matriculado en la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.

Artículo 4°.- Comuníquese.

AGUSTÍN FORCHIERI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6266

Sanción: 05/12/2019

Promulgación: De Hecho del 10/01/2020

Publicación: BOCBA N° 5782 del 17/01/2020




 

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