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Inicio - Presupuesto y Finanzas - Presupuesto 2017
 
Presupuesto y Finanzas
Presupuesto 2017


Buenos Aires, 29 de diciembre de 2016

VISTO:

La Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), la Ley N° 5.724, el Decreto N°

668/16, el Expediente N° 27.785.145/2016-MGEYA-DGOGPP, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 54 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece que

una vez aprobada la Ley de Presupuesto General, el Poder Ejecutivo decreta la

Distribución Administrativa del Presupuesto de Gastos y remite esta información a la

Legislatura;

Que, mediante la Ley N° 5.724, promulgada por el Decreto N° 668/16, se aprobó el

Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2017;

Que, el artículo 13 de la Ley N° 5.724 establece que el Poder Ejecutivo distribuirá los

créditos aprobados, al máximo nivel de desagregación previsto en los clasificadores

presupuestarios, efectuando asimismo, la identificación de los Programas y las

Actividades que los componen;

Que, en tal sentido, resulta necesario efectuar la pertinente desagregación de los

créditos aprobados por la Ley N° 5.724;

Que, por otra parte, corresponde adecuar las Planillas 1 a 44, Anexas a la Ley de

Presupuesto General, a las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, mediante las Planillas Nros. 45 y 46 anexas a la citada

Ley N° 5.724 y el Decreto N° 668/16;

Que, de igual modo, deben adaptarse concordantemente las planillas

correspondientes al Plan Plurianual de Inversiones Públicas 2017-2019;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de las competencias

asignadas por el artículo 54 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo1°.- Adécuanse las planillas anexas a la Ley N° 5.724 a los importes

resultantes de las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires mediante las Planillas Anexas 45 y 46, de conformidad con

el detalle que, como Anexo I (IF-2016-27925661-DGOGPP), forma parte integrante del

presente decreto.

Artículo 2°.- Adécuanse, de manera concordante, las planillas que integran el Plan

Plurianual de Inversiones Públicas 2017-2019, según el detalle que, como Anexo II (IF-

2016-27925659-DGOGPP), integra el presente decreto.

Artículo 3°.- Apruébase la distribución analítica del Presupuesto General de Gastos y

Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires para el Ejercicio 2017, aprobado por Ley N° 5.724, según el detalle

obrante en el Anexo III (IF-2016-27926951-DGOGPP), que a todos sus efectos,

integra el presente decreto.

Artículo 4°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el

Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la

Dirección General Asuntos Legislativos y, para su conocimiento y demás efectos, pase

a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección

General Contaduría. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Mura p/p




 

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