Martes 19 de marzo de 2024   
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Poder Legislativo


Artículo Nº 70 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Para ser diputado se requiere:

1. Ser argentino nativo, por opción o naturalizado. En el último caso debe tener, como mínimo, cuatro años de ejercicio de la ciudadanía.

2. Ser natural o tener residencia en la Ciudad, inmediata a la elección, no inferior a los cuatro años.

3. Ser mayor de edad.



 

www.ciudadyderechos.org.ar