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Inicio - Derechos - Ambiente e Higiene Urbana - Medio ambiente
 
Ambiente e Higiene Urbana
Medio ambiente

Buenos Aires, 15 de octubre de 2009

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Declárase la Emergencia Ambiental, Sanitaria y de Infraestructura del enclave urbano conocido como Villa 20 en el barrio de Lugano, por trescientos sesenta y cinco (365) días a partir de la publicación de la presente Ley, en los mismos términos de lo dispuesto por la Ley 2724 sancionada el 22/05/2008 y promulgada por Decreto Nº 797/008 del 27/06/2008.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 3.215

Sanción: 15/10/2009

Promulgación: De Hecho del 12/11/2009

Publicación: BOCBA N° 3341 del 15/01/2010




 

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