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Ambiente e Higiene Urbana
Residuos

RESOLUCIÓN Nº 700/GCABA/MAYEPGC/11

 

 Publicada en el BOCBA 3724 10/08/2011

                                                                Buenos Aires, 06 de junio de 2011

VISTO:

las Leyes N° 992 y N° 1854, los Decretos N° 639/GCABA/2007, N° 84/GCABA/2006 y N° 424/GCABA/2009, las Resoluciones N° 1285/MAYEPGC/2009, N° 2/MAYEPGC/2009, N° 1688/MAYEPGC/2010, N° 491/MAYEPGC/2010, N° 1685/MAYEPGC/2010 y N° 971/MAYEPGC/2009 y el Expediente N° 783.203/2011, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto tramita la presentación efectuada por Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada mediante la que solicita. la aprobación del “Plan Integral de Logística Para Recolección Diferenciada -Anexo Macrocentro“, que consiste en la extensión al área del macrocentro metropolitano de las actividades de recolección diferenciada de residuos contempladas en el “Plan Integral de Logística Para Recolección Diferenciada“ que fue oportunamente aprobado mediante Resolución N° 1285/MAYEPGC/2009 y que se halla actualmente en ejecución por haber sido sucesivamente prorrogado mediante las Resoluciones N° 2/MAYEPGC/2009 y NO 1688/MAYEPGC/2010;

Que la referida cooperativa explica que el mencionado programa será implementado en seis etapas, cada una comprensiva de una zona y solicita que se amplíe el subsidio oportunamente concedido en el marco del referido plan en el monto necesario para afrontar el costo de los recursos materiales y humanos que resultan necesarios para llevar adelante el proyecto en dicha área;

Que la Dirección General de Reciclado propicia la procedencia de la solicitud por entenderla justificada en virtud de los fundamentos que vierte en su informe (Providencia N° 796.1321DGRECI2011);

Que, en este sentido, la citada repartición, luego de ponderar los beneficios que la implementación del plan traerá aparejados y de haber comprobado que los recursos que la peticionaria pretende afectar a la primera etapa del ya citado programa son adecuados para el fin que se pretende alcanzar y que el importe del subsidio solicitado con imputación a ese propósito es razonable, sugiere la admisión de lo solicitado, en las condiciones que ya rigen para las restantes zonas de la Ciudad donde este Plan está siendo implementado, es decir las que resultan del Convenio entre el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada suscripto el 27 de julio de 2009 y de sus sucesivas addendas;

Que, por compartir los argumentos y sugerencias expuestas por la Dirección General de Reciclado en el mencionado informe, procede acceder al aumento del subsidio en cuestión en la medida yen las condiciones sugeridas por dicha repartición;

Que, en virtud de lo expuesto, procede elevar el monto del subsidio vinculado al “Plan Integral de Logística Para Recolección Diferenciada“, con imputación a la primera etapa del programa Macrocentro, en la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS NOVECIENTOS SESENTA (.960);

Que, a su vez, cabe autorizar el pago de la incidencia que el aumento represente en el impuesto establecido por el Artículo 1° de la Ley Nacional N° 25413, así como en las comisiones bancarias que correspondan;

Que, a los fines de instrumentar lo decidido, procede la suscripción de una nueva addenda al Convenio entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, suscripto en el marco del Plan Integral de Logística para Recolección Diferenciada;

Que resulta conveniente aprobar el proyecto de addenda que, como anexo integra la presente norma, ya que su contenido se adecua a la finalidad perseguida, así como autorizar a la Sra. Directora General de Reciclado a representar al Ministerio de Ambiente y Espacio Público en la suscripción de dicho instrumento.

Que, por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades que resultan del Decreto N° 424/GCABA/2009,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

Artículo 1°: Apruébase el Anexo Macrocentro del “Plan Integral de Logística para Recolección Diferenciada“, aprobado por Resolución N° 1285/MAYEPGC/2009 y que ha sido prorrogado sucesivamente por las Resoluciones N° 2/MA YEPGC/2009 y N° 1688/MAYEPGC/2010.

Artículo 2°: Incrementase el subsidio concedido a Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada en el marco del Plan Integral de Logística para Recolección Diferenciada, con imputación a la etapa 1 del programa contemplado en el Anexo Macrocentro, en hasta PESOS CINCUENTA y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA (.960) mensuales a partir del 23 mayo de 2011.

Artículo 3°: Páguense oportunamente los importes del impuesto establecido por el Artículo 1° de la Ley Nacional N° 25413 y las comisiones bancarias correspondientes, en cuanto se vinculen con los montos totales que mensualmente corresponda depositar para el efectivo pago del subsidio referido en los Artículos anteriores.

Artículo 4°: El gasto que demande la presente se imputará a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor.

Artículo 5°: Lo resuelto en los Artículos anteriores queda supeditado a la suscripción de una addenda al convenio oportunamente suscripto por Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada y el Ministerio de Ambiente y Espacio Público en el marco del “Plan Integral de Logística para la Recolección Diferenciada“. A tales efectos, apruébase el proyecto de addenda que, como Anexo I, integra la presente norma y autorizase a la Sra. Directora General de Reciclado a suscribirlo en representación del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

  Artículo 6°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, dependientes del Ministerio de Hacienda. Luego pase a la Dirección General de Reciclado para notificar la presente Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada. Cumplido, archívese.

 




 

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