Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de diciembre de 2020
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de julio de 2021 la entrada en vigencia del artículo 1° de la Ley 622 (texto consolidado por Ley 6347).
Artículo 2°.- La presente Ley entra en vigencia a partir del 1° de enero de 2021.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6397
Sanción: 10/12/2020
Promulgación: Decreto Nº 020 del 07/01/2021
Publicación: BOCBA N° 6033 del 11/01/2021