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Animales
Ganado

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de diciembre de 2020

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de julio de 2021 la entrada en vigencia del artículo 1° de la Ley 622 (texto consolidado por Ley 6347).

Artículo 2°.- La presente Ley entra en vigencia a partir del 1° de enero de 2021.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

AGUSTÍN FORCHIERI

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 6397

Sanción: 10/12/2020

Promulgación: Decreto Nº 020 del 07/01/2021

Publicación: BOCBA N° 6033 del 11/01/2021




 

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