Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 08 de julio de 2021
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021 la entrada en vigencia del artículo 1° de la Ley 622 (texto consolidado por Ley 6347).
Artículo 2º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del 1° de agosto de 2021.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6436
Sanción: 08/07/2021
Promulgación: Decreto Nº 256 del 26/07/2021
Publicación: BOCBA N° 6181 del 28/07/2021