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Inicio - Derechos - Cementerios - Edificaciones(Cem)
 
Cementerios
Edificaciones(Cem)

Buenos Aires, 20 de octubre de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Destinase con carácter gratuito el terreno formado por las sepulturas 1, 2 y 3 del tablón 29; más la sepultura 1 del tablón 41, y demasía, sección 11 del Cementerio de la Recoleta, para la inhumación de los restos mortales del ex Presidente de la Nación Argentina, Doctor Raúl Ricardo Alfonsín, fallecido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 31 de marzo de 2009.

Artículo 2º.- Establécese que por si cualquier causa dejara de dársele el destino a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, quedará sin efecto el otorgamiento efectuado, sin derecho a indemnización alguna, manteniéndose el estado y las condiciones originarias del terreno y de la construcción adherida, en carácter de cenotafio en honor a la memoria del Doctor Raúl Ricardo Alfonsín.

Artículo 3º.- Los gastos de conservación del sepulcro emplazado en el terreno indicado, en el artículo 1 de la presente Ley, serán atendidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con afectación de la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.661

Sanción: 20/10/2016

Promulgación: Decreto Nº 571 del 10/11/2016

Publicación: BOCBA N° 5007 del 15/11/2016




 

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