Martes 30 de abril de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Códigos - Código Urbanistico 2019
 
Códigos
Código Urbanistico 2019

Artículo 1°.- Corrígese la errata del texto de la Ley 5215, sancionada el 11 de

diciembre de 2014 y publicada en el B.O.C.B.A. N° 4620 del 20 de abril de 2015,

donde dice: " Desaféctase del Distrito E3 de zonificación el polígono comprendido por

el eje de la calle Concordia desde su intersección con la línea de fondo de las parcelas

frentistas a la Av. San Martín acera par; por éste hasta su intersección con la línea de

fondo de las parcelas frentistas a la Av. Salvador María del Carril acera impar; por esta

hasta su intersección con el eje de la calle Gutenberg; por este hasta su intersección

con el eje de la calle José Cubas y por éste hasta la intersección con el eje de la calle

Concordia", debe decir:

"Desaféctase del Distrito E3 de zonificación el polígono comprendido por el eje de la

calle Concordia desde su intersección con la línea de fondo de las parcelas frentistas a

la Av. San Martín acera par; por ésta línea de fondo hasta su intersección con la línea

de fondo de las parcelas frentistas a la Av. Salvador María del Carril acera impar; por

esta hasta su intersección con el eje de la calle Gutenberg; por éste hasta su

intersección con el eje de la calle San Nicolás, por éste hasta su intersección con el

eje de la calle José Cubas, por éste hasta la intersección con el eje de la calle

Concordia y por éste hasta la intersección con la línea de fondo de las parcelas

frentistas a la Av. San Martín acera par."

Art. 2°.- Corrígese la errata del Anexo I de la Ley 5215, sancionada el 11 de diciembre

de 2014 y publicada en el B.O.C.B.A. N° 4620 del 20 de abril de 2015, sustituyéndose

los planos "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Estación Devoto Plano de Delimitación N°

5.4.12.36a" y "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Estación Devoto Plano de Inmuebles

Catalogados N° 5.4.12.36b" por los planos "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Entorno

Plano de Delimitación N° 5.4.12.36a", "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Entorno Plano

Inmuebles Catalogados N° 5.4.12.36b" y "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Entorno

Plano de Protección Ambiental N° 5.4.12.36c" que pasan a formar parte integrante de

la presente Ley.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 31 de julio de 2015

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.299 (Expediente Electrónico N°

18.745.694/MGEYA-DGALE/15), sancionada por la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 25 de junio de 2015 ha quedado

automáticamente promulgada el día 21 de julio de 2015.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial

N° 4694




 

www.ciudadyderechos.org.ar