Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de marzo de 2021
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase el "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Profidu S.A., Mitre Construcciones S.A. y el Sr. Pedro Lionel Marsiglia", suscripto con fecha 09 de septiembre de 2020, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°.- Los fondos que reciba la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo previsto en la Cláusula Primera del Convenio que se aprueba mediante la presente ley, deberán destinarse para solventar los gastos erogados como consecuencia de la Emergencia Sanitaria establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/2020 (ratificado por Resolución de la Legislatura N° 10-2020, aprobada el 7/4/2020)y sus sucesivas prórrogas, con motivo del coronavirus (COVID 19), y de la Emergencia Económica y Financiera declarada por la Ley 6301 y prorrogada por Ley 6384; como así también aquellos gastos remanentes que queden pendientes de abonarse con motivo de la citada emergencia, y para la construcción de una plaza pública - en homenaje a las víctimas del atentado a la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) - en el inmueble cuya nomenclatura catastral es Circunscripción 16, Sección 27, Manzana 147, Parcela 001.
Artículo 3°.- Sustitúyese el párrafo "Circunscripción 21 - Sección 97 - Manzanas 1Q - Parcela 1b - Dique 4" del inciso 5) observaciones del punto 4.2.1. U 11) Sub-área Central 1 (C1) contenido en el punto 4.2 U11) SubÁreas Centrales del punto 4 U11) Normas específicas para cada Sub-área del punto 5.7.11. U11 - Puerto Madero del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del "Código Urbanístico" (Ley 6099 y su modificatoria), por la normativa que como Anexo II forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 4°.- Sustitúyense los Planos N° 5.7.11 e) U11) Puerto Madero y 5.7.11 f) U11 Puerto Madero del Anexo III "Atlas" del "Código Urbanístico" (Ley 6099 y su modificatoria), por los planos que como Anexo III y IV forman parte integrante de la presente Ley.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6411
Sanción: 25/03/2021
Promulgación: Decreto Nº 117/021 del 08/04/2021
Publicación: BOCBA N° 6096 del 12/04/2021
Nota: Los Anexos I, II, III y IV de la presente Ley fueron publicados en la Separata del BOCBA N° 6096 del 12/04/2021.