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Códigos
Código Urbanístico 2019 Mod-Catalogación-Desafectación
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Ley CABA Nº: 5358 / 2015 |
Publicado en el B.O. CABA Nº 4799 el
13-01-2016 |
Catalóganse e incorpóranse inmuebles. Código de Planeamiento Urbano. |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 17 de septiembre de 2015
Artículo 1°.- Catalóganse con sus respectivos niveles de Protección, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles consignados a continuación:
Art 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Art 4°.- Las fichas de Catalogación N° 019-042-040, 019-042-041, 019-042-042, 019- 042-043, 019-042-001, 019-042-035 y 019-042-039f, forman parte de la presente Ley como Anexo I.
Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez Buenos Aires, 8 de enero de 2016 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.358 (Expediente Electrónico N° 27.111.488- Nº 4799 - 13/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 10 Nro de orden Sección Manzana Parcela CALLE Nivel de Protección 1 019 042 040 Av. Medrano 1370/72/74 Cautelar 2 019 042 041 Av. Medrano 1378/80/82 Cautelar 3 019 042 042 Av. Medrano 1386/88 Cautelar 4 019 042 043 Av. Medrano 1390/94 Cautelar 5 019 042 001 Av. Medrano 1398 Cautelar 6 019 042 035 Honduras 4011 Cautelar 7 019 042 039f Av. Medrano 1334/68 Estructural MGEYA-DGALE-2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 17 de septiembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el día 20 de octubre de 2015. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Montiel
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