Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de junio de 2020
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2020 la entrada en vigencia del artículo 1° de la Ley 622 (texto consolidado por Ley 6017).
Artículo 2º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del 1° de julio de 2020.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6310
Sanción: 18/06/2020
Promulgación: Decreto Nº 251 del 29/06/2020
Publicación: BOCBA N° 5901 del 30/06/2020