Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 05 de diciembre de 2019
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Instituyese "La Semana del Centro Comercial a Cielo Abierto", en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- La autoridad de aplicación fijará anualmente la semana instituida en el artículo anterior, en cada uno de los centros comerciales a cielo abierto, sin superponerse la semana cuando se trate de dos centros comerciales aledaños.
Artículo 3°.- Invitase a los comerciantes de cada uno de los Centros Comerciales, a participar de las celebraciones que se realicen y a que brinden promociones de venta durante la semana que le corresponde.
Artículo 4°.- El Poder Ejecutivo realizará campañas de difusión y publicidad, con información suficiente y necesaria para dar a conocer la semana y las celebraciones a realizarse en cada uno de los centros comerciales a cielo abierto, por medios masivos de comunicación, la página web oficial del Gobierno de la Ciudad y/o cualquier otro medio de difusión.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 6264
Sanción: 05/12/2019
Promulgación: De Hecho del 10/01/2020
Publicación: BOCBA N° 5782 del 17/01/2020