Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 06 de diciembre de 2018
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- El Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluirá dentro del servicio de reclamos
por medio de contenidos informáticos BA 147 una aplicación para
teléfonos celulares inteligentes que permita realizar denuncias y/o
reclamos por irregularidades en locales bailables y/o locales de
baile y/o locales donde se desarrollen espectáculos, en tiempo real.
Artículo 2º.- Luego de recibida
una denuncia y/o reclamo por violación a las disposiciones del Código
de Faltas, y/o del Código de Habilitaciones y Verificaciones y/o al
Código Contravencional y/o a cualquier otra disposición normativa o
cuerpo de leyes, en locales bailables y/o locales de baile y/o
locales donde se desarrollen espectáculos, el Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, por medio del agente receptor de la denuncia y/o el
reclamo, dará intervención a la autoridad competente según corresponda.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 6080
Sanción: 06/12/2018
Promulgación: Decreto Nº 479 del 28/12/2018
Publicación: BOCBA N° 5529 del 03/01/2019