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Inicio - Derechos - Contravencional - Procedimiento (Contr)
 
Contravencional
Procedimiento (Contr)

                                         Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de febrero de 2018

VISTO:

Lo establecido en las Leyes Nº 26.702 de la Nación y Nº 5935 de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y;

CONSIDERANDO:

Que, la ley nacional 26.702 dispuso el traspaso de competencias penales a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, previa aceptación por parte de esta última jurisdicción,

aspecto al que se dio cumplimiento con el dictado de la ley local N° 5935.-

Conforme lo establecido en el art. 3 de la Ley Nº 5935, corresponde al Ministerio

Público determinar en forma conjunta el cronograma de entrada en vigencia de los

delitos contemplados en el Anexo de la Ley Nº 26.702, con remisión al Consejo de la

Magistratura para su consideración.

Según las actuales estructuras del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, evaluamos pertinente asumir a partir del 1 de marzo de 2018 la competencia

para entender en los hechos aprehendidos por las normas y con el alcance que se

detallan en el Anexo I de la presente.

Por las razones expuestas, de conformidad con las potestades previstas en las Leyes

N° 1903 y 5935;

                EL FISCAL GENERAL ADJUNTO INTERINAMENTE A CARGO

                    DE LA FISCALIA GENERAL, EL DEFENSOR GENERAL Y

                                          LA ASESORA GENERAL TUTELAR

RESUELVEN:

Artículo 1º.-: A partir de las cero horas del 1º de marzo de 2018, entrará en vigencia la

competencia del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para

entender en los delitos descriptos en el Anexo I de esta Resolución.

Artículo 2º.-: Remitir la presente Resolución Conjunta al Consejo de la Magistratura de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo previsto en el art. 3 de la Ley Nº

5935.

Artículo 3º.-: Regístrese, oportunamente publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hágase saber a los/as integrantes del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Superior de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al señor Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y Faltas, al señor Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, al señor Subprocurador General a cargo de la Procuración General de la Nación, a la señora Defensora General de la Nación, al señor Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la señora Ministra de Seguridad de la Nación, al señor Ministro de Justicia de la Nación, al señor Jefe de la Policía Federal, al señor Jefe de la Prefectura Naval Argentina, al señor Jefe de la Gendarmería Nacional, al señor Jefe de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, al señor director Nacional de Migraciones y ARCHIVESE. Cevasco - Corti - Bendel

Anexo- publicado en el BOCBA Nº 5316 16/02/2018 pág.385




 

www.ciudadyderechos.org.ar