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Inicio - Derechos - Cultura y Patrimonio - Valor histórico
 
Cultura y Patrimonio
Valor histórico

Buenos Aires, 06 de agosto de 2015

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Declárase al Tala (Celtis ehrenbergiana antes conocido como Celtis tala y también como ivirá guasú o yuasí --), "Especie representativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" por su carácter autóctono y valor histórico.

Artículo 2°.- En virtud del Artículo 1° de la presente, se establece la obligación de preservar los ejemplares existentes, la prioridad de plantar ejemplares en plazas, parques y áreas parquizadas públicas y la prohibición de podarlos o extraerlos, en concordancia con la Ley 3263. Asimismo, queda establecida su difusión en el ámbito educativo.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.337

Sanción: 06/08/2015

Promulgación: De Hecho del 01/09/2015

Publicación: BOCBA N° 4722 del 15/09/2015




 

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