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Cultura y Patrimonio
Teatro

RESOLUCIÓN Nº 755/GCABA/EATC/13

Publicada en el BOCBA Nº 4309 del 03/01/2014

ESTABLECE TARIFAS - VALOR DEL SERVICIO DE VISITA GUIADA -  SEDE  ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - AÑO 2014 - VISITAS GUIADAS


                                                            Buenos Aires, 26 de diciembre de 2013


VISTO:

La Ley 2.855, el Expediente N° 7383136/DGTAL-EATC/2013 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.855 crea el Ente Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en esa ley

Que el artículo 2° de la Ley citada dispone que es misión de este Ente "crear, formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de cámara  y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"

Que el artículo 3° de la Ley citada establece que este Teatro tiene la función de "...facilitar al conjunto de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico culturales que desarrolla" (inciso b) como así también "preservar, conservar, salvaguardar y difundir el patrimonio arquitectónico, artístico e histórico cultural del Teatro" (inciso e)

Que en este marco, este Teatro presta el servicio de visitas guiadas con el fin de posibilitar y potenciar el acceso a la población del acervo cultural e histórico que compone el edificio del Teatro Colón y las actividades que allí se desarrollan, para lo cual se estima oportuno que se establezcan los precios de las localidades por este servicio y las entidades y/o personas exentas de abonarlo

Que por otra parte la autonomía funcional y la autarquía financiera dispuesta por la Ley 2.855, determinan que este Ente pueda per se fijar el precio de las localidades por las actividades que desarrolla, entre las cuales se incluye, el servicio de visitas guiadas

Que en igual sentido se expidió la Secretaría Legal y Técnica mediante la Providencia PV-2012-01339516- DGCL, de fecha 27 de junio de 2012, que destacó que esta Dirección General podrá establecer el precio de las localidades sin que sea necesaria la autorización previa o ratificación posterior por la máxima autoridad de esta Administración

Que en función de lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente, por el cual se apruebe elvalor de las localidades por el servicio de visitas guiadas y las tarifas promocionales y/o personas exentas de abonar este servicio.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855,

EL DIRECTOR GENERAL Y ARTISTICO DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Establézcase, a partir del 2 de enero de 2014, las tarifas por el Servicio de Visitas Guiadas que se desarrolla en la sede del Ente Autárquico Teatro Colón, sita en la calle Cerrito 628, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el Anexo adjunto el cual forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a las Direcciones Generales de Planeamiento y Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón para su oportuna intervención. Cumplido, archívese. García Caffi

                                                          Anexo

Tarifas                                                                                  Precios

Entrada General                                                        $130

Tarifas Promocionales

Residentes en Argentina (Acreditados con DNI)                $50

Jubilados                                                                    $25

Estudiantes (con libreta estudiantil)                                 $25

Contingente de Escuela Privada                                       $25 (por alumno)

Menores de 7 años                                                         No abonan

Contingente de Escuela Pùblica                                        No abonan

Persona con discapacidad con un (1) acompañante              No abonan




 

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