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Cultura y Patrimonio
Conmemoraciones (CyP)

 

LEY N° 3.336

Sanción: 03/12/2009

Promulgación: De Hecho del 19/01/2010

Publicación: BOCBA N° 3372 del 03/03/2010

Buenos Aires, 03 de diciembre de 2009

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

PROYECTO DE LEY

"Polo Turístico Tradicionalista Bicentenario"

Artículo 1º.- Crease el "Polo Turístico Tradicionalista Bicentenario" delimitado por el perímetro comprendido por las calles José Enrique Rodó y Murguiondo y las Avenidas Eva Perón y General Paz.

Artículo 2º.- Son objetivos de la presente Ley:
  1. Fortalecer la oferta turística y cultural de la Ciudad de Buenos Aires.
  2. Difundir las actividades del campo y el folklore en la Ciudad.
  3. Favorecer el turismo zonal.
  4. Fomentar la actividad económica y estimular micro y macro emprendimientos.
  5. Generación de empleo a través del fomento y apoyo a la iniciativa pública y privada.
  6. Impulsar la artesanía Argentina y la presencia cultural de las provincias en la Ciudad.
Artículo 3º.- El "Polo Turístico Tradicionalista Bicentenario" estará comprendido por las siguientes áreas:
  1. Área Parque Juan Bautista Alberdi.
  2. Área Mercado de Hacienda.
  3. Área Avenida de los Corrales y Feria Tradicionalista.
  4. Área Barrio Los Perales.
  5. Centro Comercial y de servicios de la Avenida Juan Bautista Alberdi.
  6. Área Santuario de San Pantaleón.
  7. Área Club atlético Nueva Chicago.
Artículo 4º.- El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires realizará acciones tendientes a la puesta en valor, desarrollo e impulso de las áreas a saber:
  1. Área Parque Juan Bautista Alberdi.
    1. Puesta en valor del Parque.
      1. Instalación de juegos infantiles.
      2. Puesta en valor del lago artificial, los espacios verdes y la luminaria.
      3. Puesta en valor de la fuente sita en la intersección de la Av. Directorio y Av. Lisandro de la Torre.
      4. Creación de un circuito artístico cultural.
      5. Adecuación del entorno de la feria a la nueva oferta turística tradicionalista.
    2. Incorporación de monumentos que homenajeen:
      1. El bicentenario de la revolución de mayo
      2. La gesta del frigorífico Lisandro de la Torre sobre el que fuera su emplazamiento original.
    3. Puesta en valor del Anfiteatro.
      1. Reparación integral previendo la eliminación de inundaciones por lluvia o por el ascenso de las napas freáticas.
      2. Techado: objetivo de ganar un espacio cubierto actualmente existente y la posibilidad de realizar espectáculos al aire libre
      3. Acondicionamiento del espacio interior para proyecciones, obras de teatro, convenciones y centro de exposiciones museístico y artístico.
    4. Desarrollo de actividades Culturales de carácter permanente en el Polideportivo.
  2. Área Mercado de Hacienda
    1. Puesta en valor de la Avenida Lisandro de la Torre
      1. Acondicionamiento de Fachadas respetando la construcción tradicional del barrio
      2. Instalación de luminaria de estilo similar al existente a la época de la inauguración del mercado de Hacienda.
    2. Desarrollo de actividades turísticas de carácter permanente vinculadas con el remate de hacienda en el casco histórico del mercado mediante convenio con el gobierno Nacional y los actuales concesionarios. Al momento de efectivizarse el traslado del mercado dichas actividades deberán tener continuidad aunque desaparezca la comercialización de ganado en pie.
    3. Desarrollo de actividades permanentes con el museo histórico de los Corrales.
  3. Área Avenida de los Corrales y Feria Tradicionalista.
    1. Puesta en valor de la Avenida de los Corrales
      1. Reparacion del Boulevard en el tramo que corre desde Avenida Lisandro de la Torre y la Avenida Coronel Cárdenas.
      2. Instalación de luminaria de estilo similar al existente a la época de la inauguración del mercado de Hacienda.
      3. Acondicionamiento de Fachadas respetando e impulsando la construcción tradicional del barrio.
    2. Fomento de micro y macro emprendimientos de oferta cultural artística.
    3. Gestión para la instalación de puestos especialmente acondicionados para la comercialización y degustación de productos de frigoríficos.
    4. Gestión para la instalación de la sede porteña del Mercado de Artesanías Tradicionales Argentinas (MATRA) o el organismo que en un futuro lo reemplace en convenio con el Gobierno Nacional.
    5. Puesta en valor y mantenimiento del Mirador Salaberry, el almacén la escalerita y el bar Oviedo.
    6. Prolongación de puestos de la Feria Tradicionalista sobre el boulevard de la Av. De los Corrales hasta la Avenida Coronel Cárdenas.
  4. Área Barrio Los Perales
    1. Generación de actividades culturales y artísticas en la biblioteca Benito Lynch impulsando su crecimiento bibliográfico en materia tradicionalista.
  5. Área Centro Comercial y de Servicios de la Avenida Juan Bautista Alberdi
    1. Puesta en valor de la avenida en el tramo comprendido entre las Avenidas Lisandro de la Torre y la Av. Larrazabal.
    2. Impulso y fomento de las actividades gastronómicas, artísticas, hoteleras, culturales, recreativas y de servicios.
  6. Área Santuario San Pantaleón
    1. Adecuación de las instalaciones y servicios para los visitantes
    2. Fomento del turismo religioso
  7. Área Club Atlético Nueva Chicago
    1. Convenio con el Club Atlético Nueva Chicago con el objetivo de impulsar actividades educativas culturales y artísticas.

Artículo 5º.- A los efectos del cumplimiento de lo establecido en el inciso 1 subinciso b. del articulo precedente el Poder ejecutivo llamara a un concurso publico y abierto.

Artículo 6º.- Además de lo establecido en el artículo precedente para los circuitos el Gobierno de la Ciudad propiciará la instalación en todo el Polo Turístico de:

  1. Hotelería y Hostales.
  2. Agencias de Turismo.
  3. Talleres de artesanías.
  4. Servicios de Combis turísticos.
  5. Centros comerciales vinculados al campo
  6. Espacios para el aprendizaje del folklore y la confección de artesanías.

Artículo 7º.- Crease el premio anual a la Representación Artística del Folklore de la Ciudad de Buenos Aires en el Polo Turístico tradicionalista Bicentenario. El Poder Ejecutivo implementará las metodologías para la realización del evento y el lugar de emplazamiento que podrá variar anualmente.

Artículo 8º.- Se promoverá la conformación de un plan de manejo invitándose a participar a vecinos, entidades intermedias y representantes del sector. Mediante el mismo se debatirán las medidas y pautas necesarias para el control, gestión y cooperación de polo turístico.

Artículo 9 º.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ




 

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