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Cultura y Patrimonio
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 de abril de 2022

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Acéptase el legado con cargo a favor del Hospital de Quemados "Dr. Arturo Humberto Illia", efectuado por la señora Ada Nilda Schulte de Cavallo, en el testamento otorgado mediante Escritura Pública N° 168, de fecha 10/05/2011, ante la Escribana Susana Dusil, titular del registro notarial N° 648 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo juicio testamentario tramita en los autos caratulados "SCHULTE ADA NILDA S/SUCESION TESTAMENTARIA (EXPTE. SI 18453/2015)" por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 1 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2°.- El legado a favor del Hospital indicado en el Artículo 1° de la presente Ley, es con cargo de que el dinero legado sea entregado en bienes destinados a equipamiento o insumos hospitalarios.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

EMMANUEL FERRARIO

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 6538

Sanción: 28/04/2022

Promulgación: Decreto Nº 183 del 23/05/2022

Publicación: BOCBA N° 6385 del 27/05/2022




 

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