Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de diciembre de 2017
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Crease el Premio "Osvaldo Soriano" para distinguir anualmente a la labor periodista, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Dicho Premio consistirá en la entrega de un diploma de reconocimiento y una suma de dinero. Se otorgará como mínimo, a las siguientes categorías:
- mejor trabajo de investigación,
- mejor cobertura gráfica,
- mejor cobertura en servicios de comunicación audiovisual,
- mejor cobertura en medios digitales,
- trayectoria profesional.
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación de esta Ley será el Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, en ese carácter, establecerá el cronograma de presentaciones y organizará el acto de entrega del Premio que tendrá lugar el 29 de enero de cada año.
Artículo 4°.- A los efectos de definir a los nominados y premiados de cada categoría, la autoridad de aplicación convocará a un consejo ad-honoren integrado por reconocidos especialistas del periodismo y la comunicación social.
Artículo 5°.- Los gastos que demande la implementación de la presente Ley serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 6°.- Comuníquese.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5934
Sanción: 07/12/2017
Promulgación: De Hecho del 08/01/2017
Publicación: BOCBA N° 5292 del 11/01/2018