Miércoles 24 de abril de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Cultura y Patrimonio
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Cultura y Patrimonio - Reconocimientos y Distinciones (CyP)
 
Cultura y Patrimonio
Reconocimientos y Distinciones (CyP)

DECRETO N.º 56/18

                                     Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 16 de febrero de 2018

VISTO:

La Ley Nº 578 (Texto Consolidado Ley N° 5.666), el Expediente Electrónico N°

04267460-MGEYA-DGCUL/18, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el visto, se tramita la Declaración de Huésped de Honor

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a favor del señor Hiromasa Ikeda, quien

nació el 28 de abril de 1.953 en Tokio, Japón;

Que el señor Hiromasa Ikeda es el hijo mayor de Daisaku y Kaneko Ikeda;

Que en 1976 obtuvo la licenciatura en Abogacía de la Universidad Keio y, dos años

después, en 1978, se recibió como licenciado en Historia del Arte, ha sido docente en

los tres niveles principales de la educación, a saber, primario, secundario y

universitario;

Que actualmente se desempeña como vicepresidente de la Soka Gakkai International

(SGI), organización no gubernamental asociada a las Naciones Unidas que colabora

con entidades de la sociedad civil, agencias intergubernamentales y colectivos

religiosos en los ámbitos del desarme nuclear, la educación en derechos humanos, el

desarrollo sostenible y la asistencia humanitaria;

Que dicho nombramiento está inspirado en que, el señor Hiromasa Ikeda ha sido

protagonista, desde muy joven, de innumerables encuentros con distintas

personalidades del mundo, con el fin de construir puentes de hermandad con los

diferentes países;

Que en nuestro país, Hiromasa Ikeda ha participado en distintas actividades, como, la

entrega del Doctorado Honorario de la Universidad de Buenos Aires al doctor Daisaku

Ikeda en 1.990, la inauguración de la muestra "Eternos tesoros del Japón" en el Museo

Nacional de Bellas Artes en 1.990, el Festival Cultural de los Jóvenes por la Paz en

1.993; la inauguración del Auditorio de la Paz en 1.996 y la presentación de la obra

musical "La vida, un enigma" en el Teatro Colón en 1.997. Asimismo, a través de su

labor en la Asociación Conciertos Min-On, ha promovido innumerables intercambios

artísticos, como la presentación en Japón del maestro Mariano Mores en 1.998 y de la

orquesta de Favio Hager en los años 2008 y 2017;

Que el señor Hiromasa Ikeda concurrirá a la Ciudad de Autónoma Buenos Aires en

ocasión de cumplirse en el mes de febrero, el 120° Aniversario del inicio de las

relaciones diplomáticas entre la República Argentina y Japón, a partir de la firma del

tratado de Amistad, Comercio y navegación entre ambos países;

Que en reconocimiento a su labor y trayectoria es pertinente declararlo Huésped de

Honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad a lo establecido por el

artículo 4° de la Ley N° 578, no implicando la exención de aranceles, tasas y/o

contribuciones, ni ocasionando erogación alguna para el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Por ello y en uso de sus facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

                                                 EL JEFE DE GOBIERNO

                                DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

                                                           DECRETA

Artículo 1º.- Declárese "Huésped de Honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"

al señor Hiromasa Ikeda, con motivo de de su visita a nuestra Ciudad, durante el mes

de febrero del año en curso.

Artículo 2º.- El señor Secretario General y Relaciones Internacionales hará entrega de

la distinción correspondiente.

Artículo 3º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Cultos dependiente

de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, de la Secretaría

General y Relaciones Internacionales. Cumplido, archívese. SANTILLI p/p - Miguel




 

www.ciudadyderechos.org.ar