Sábado 4 de mayo de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Derechos Humanos
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Derechos Humanos - Conmemoración (DDHH)
 
Derechos Humanos
Conmemoración (DDHH)

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 09 de diciembre de 2021

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1°.- Institúyese como “Semana del Orgullo" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la difusión y la visibilidad del Orgullo LGBTIQ+ (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans, Inter y Queers), a la semana inmediatamente anterior a la fecha de realización de la Marcha del Orgullo LGBTIQ+ durante el mes de noviembre de cada año. La Marcha del Orgullo es definida por las organizaciones no gubernamentales reconocidas por su defensa de los derechos de personas LGBTIQ+, con actividad en la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2°.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será la Dirección General de Convivencia en la Diversidad dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o el organismo que en su futuro la reemplace.

Artículo 3°.- La Autoridad de Aplicación coordinará, durante la semana mencionada en el artículo 1°, actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendientes a fomentar el reconocimiento y la visibilizacion del colectivo LGBTIQ+, teniendo en cuenta iniciativas de promoción, prevención y protección de derechos, generando espacios de reflexión, de diálogo y disfrute libres de discriminación y de pleno goce de los derechos humanos.

Artículo 4°.- La Autoridad de Aplicación llevará a cabo actividades de difusión a fin de aumentar la visibilidad y la participación ciudadana a la "Semana del Orgullo".

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

 

 

AGUSTÍN FORCHIERI

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 6482

Sanción: 09/12/2021

Promulgación: De Hecho del 07/01/2022

Publicación: BOCBA N° 6295 del 12/01/2022




 

www.ciudadyderechos.org.ar