Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de agosto de 2021
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Institúyese el mes de julio de cada año como "Mes del derecho a cuidar y ser cuidado" entendiendo el cuidado como todas aquellas actividades cotidianas de subsistencia, asistencia, apoyo y mantenimiento de la vida; en los hogares, familias, el Estado y las organizaciones , en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Objetivos. Son objetivos de la presente Ley:
- reconocer, promover, visibilizar y difundir la importancia del derecho al cuidado, entendido como el derecho a dar y recibir el acceso a todos aquellos bienes, servicios, valores y afectos involucrados en la atención de la población con algún nivel de dependencia (niños, niñas, personas mayores y personas con discapacidad), desde una perspectiva de igualdad de género;
- reconocer a quienes realizan las tareas de cuidado y promover a su vez su cuidado;
- visibilizar, desnaturalizar y deconstruir los roles y estereotipos de género que asignan a las mujeres la función social del cuidado;
- promover una mayor corresponsabilidad y distribución igualitaria en las tareas de cuidado, entre Estado, organizaciones, sector privado, hogares y familias,
- sensibilizar y difundir la importancia de la primera infancia en el desarrollo ulterior de los niños y niñas y la relevancia de la calidad de las tareas de cuidados en dicha etapa de la vida.
Artículo 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo para disponer en los distintos ámbitos de su competencia actividades de capacitación, promoción y campañas de difusión y sensibilización, que promuevan la visibilización y difusión del derecho al cuidado.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6442
Sanción: 19/08/2021
Promulgación: Decreto Nº 295 del 06/09/2021
Publicación: BOCBA N° 6210 del 08/09/2021