LEY N° 3.036
Sanción: 16/04/2009
Promulgación: Decreto Nº 405 del 12/05/2009
Publicación: BOCBA N° 3174 del 14/05/2009
Buenos Aires, 16 de abril de 2009
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Emplácese un monumento en conmemoración al reportero gráfico José Luis Cabezas en la parcela 1E, manzana 39, sección 65, de la plaza "De los periodistas" ubicada entre la Avenida Nazca y las calles Neuquén, Terrada y Páez,
Artículo 2º.- Crease una Comisión Honoraria de Homenaje a José Luís Cabezas para la organización y coordinación de las actividades necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente. (Conforme texto Art. 1° de la Ley N° 4047, BOCBA N° 3837 del 20/01/2012)
Artículo 3°.- La Comisión Honoraria de Homenaje estará integrada por un/a (1) representante del Ministerio de Cultura o del organismo que en el futuro lo reemplace, tres (3) Diputados/as integrantes de la Comisión de Cultura de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o quien los represente y un/a (1) representante de la Asociación de Reporteros Gráficos de la República Argentina. (Incorporado por el Art. 2° de la Ley N° 4047, BOCBA N° 3837 del 20/01/2012)
Artículo 4°.- La Comisión Honoraria de Homenaje deberá realizar el llamado a concurso público y abierto, así como también dictar el reglamento del mismo, en un plazo máximo de ciento veinte (120) días corridos de promulgada la presente Ley (Incorporado por el Art. 3° de la Ley 4047, BOCBA N° 3837 del 20/01/2012)
Artículo 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a la partida presupuestaria del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio vigente hasta la suma de ciento veinte mil pesos ($120.000) (Incorporado por el Art. 4° de la Ley 4047, BOCBA N° 3837 del 20/01/2012)
Artículo 6°.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ