Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de noviembre de 2017
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Institúyese el 11 de octubre de cada año, como el "Día de las Niñas" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adhesión a la fecha instituida por la Resolución 66/170 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Artículo 2º.- En el marco de esa jornada se desarrollan actividades de carácter público y masivo dirigidas a crear conciencia de sus derechos y visibilizar las situaciones de vulneración de derechos que padecen las niñas en el territorio porteño, erradicar todas las formas de discriminación que las afectan y promover políticas públicas que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato.
Artículo 3º.- El Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, en conjunto con el Consejo de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, actúan como autoridad de aplicación de la presente ley. En ese carácter y previa convocatoria a las organizaciones sociales especialistas en la materia, diseñan, implementan y coordinan el cronograma de las actividades previstas en el artículo anterior.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5908
Sanción: 30/11/2017
Promulgación: Decreto Nº 470 del 22/12/2017
Publicación: BOCBA N° 5283 del 28/12/2017