CONVENCIONES
Ley 26.960
Convención para Reducir los Casos de Apatridia. Aprobación.
Sancionada: Julio 2 de 2014
Promulgada: Julio 30 de 2014
Publicada en el B.O. del 06/08/2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1°.- Apruébase la CONVENCION PARA REDUCIR LOS CASOS DE APATRIDIA, adoptada en Nueva York - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA - el 30 de agosto de 1961, con las correcciones al texto en español aprobadas mediante el Acta de Rectificación, hecha en Nueva York el 27 de octubre de 2011, que consta de VEINTIUN (21) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Julian A. Dominguez - Juan H. Estrada - Lucas Chedrese - Gerardo Zamora
El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).