Lunes 25 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Derechos Humanos
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Derechos Humanos - Desaparición forzada (DDHH)
 
Derechos Humanos
Desaparición forzada (DDHH)

Buenos Aires, 14 de marzo de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo a través de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos incorporará junto a las facturas de ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) y de Patentes en General, folletería que contenga fotos e información sobre niños/as desaparecidos/as en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Las fotografías y los datos a ser publicados deberán ser proveídos por el Registro de Publicación y Búsqueda de Chicos Perdidos correspondiente al Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires .y adecuarse al procedimiento establecido en el Protocolo de dicho organismo.

Artículo 3°.- En la folletería mencionada en el artículo 1° se incorporará la siguiente leyenda: "Si Ud. tiene alguna información sobre estos niños/as llámenos al 102".

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.493

Sanción: 14/03/2013

Promulgación: De Hecho del 17/04/2013

Publicación: BOCBA N° 4146 del 07/05/2013




 

www.ciudadyderechos.org.ar