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Inicio - Derechos - Derechos Humanos - Protección (DDHH)
 
Derechos Humanos
Protección (DDHH)

Buenos Aires, 02 de junio de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

BUENOS AIRES CIUDAD DE DIÁLOGO INTERRELIGIOSO

Artículo 1º.- Declárase a la Ciudad de Buenos Aires como Ciudad de Diálogo Interreligioso.

Artículo 2°.- Entiéndase por "Ciudad de Diálogo Interreligioso" al ámbito donde personas, comunidades e instituciones de distintas tradiciones religiosas conviven armónicamente, valoran la riqueza de la diversidad religiosa, promueven los valores comunes compartidos y entablan relaciones a través del diálogo, la reflexión y acciones de cooperación a fin de fortalecer el tejido social en pos del bien común.

Artículo 3°.- Objetivos de la Ley:

  1. Reconocer, aceptar y respetar la diversidad religiosa en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
  2. Fomentar acciones que promuevan el diálogo y la diversidad religiosa en la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Será autoridad de aplicación de la presente Ley la Dirección General de Cultos dependiente de la Secretaría General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 5°.- La autoridad de aplicación realizará las acciones pertinentes para el cumplimiento de los objetivos descriptos en el artículo 3°.

Artículo 6°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.556

Sanción: 02/06/2016

Promulgación: Decreto Nº 377 del 24/06/2016

Publicación: BOCBA N° 4913 del 30/06/2016




 

www.ciudadyderechos.org.ar