Ciudad Autónoma de Buenos Aires 14 de diciembre de 2006
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1° - Otórgase al Club Social y Deportivo Jorge Newbery, de Versalles, permiso de uso precario y gratuito por el plazo de diez (10) años respecto del inmueble sito entre las calles Irigoyen, Nazarre, Bruselas y Pedro Lozano, Nomenclatura Catastral C, Circunscripción 15, Sección 93, Manzana 98.
Artículo 2° - El Club Social y Deportivo Jorge Newbery asume la obligación de destinar el inmueble exclusivamente al desarrollo de las tareas comunitarias, sociales y deportivas que le son propias, sin posibilidades de modificar tal destino.
El Club no puede transferir a ceder total o parcialmente los derechos que surjan de la presente ley, bajo pena de perder el derecho que le otorga el presente artículo.
Artículo 3° - El Club Social y Deportivo Jorge Newbery se encuentra obligado al pago de la totalidad de los gastos que respecto del inmueble otorgado en uso fueren necesarios realizar a los efectos de su conservación, mantenimiento, acondicionamiento y habilitación para los fines requeridos. Asimismo, el Club debe abonar la totalidad de los gastos, servicios públicos y tributos (impuestos, tasas y contribuciones que correspondan) sean estos nacionales o locales, así como también los gastos necesarios para el cumplimiento del destino a dar el bien y los inherentes a las gestiones tendientes a la habilitación de los servicios.
Artículo 4° - Vencido el plazo establecido en el artículo 1°, o incumplido lo dispuesto en los artículos 2° y 3°, o bien cuando medien razones de interés general, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires requerirá la entrega inmediata del inmueble citado, con todas las construcciones y mejoras que lo integren, sin que ello de lugar a reclamo o indemnización de ninguna especie.
Artículo 5° - Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO
LEY N° 2249
Sanción: 14/12/2006
Promulgación: Decreto 170/007 del 23/01/2007
Publicación: BOCBA N° 2615 del 30/01/2007