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Ley CABA Nº: 6702 / 2023 |
Publicado en el B.O. CABA Nº 6783 el
03-01-2024 |
Fundación Museo Histórico de la Boca. Condónase deuda en concepto de Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros. |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 7 de diciembre de 2023
Artículo 1º.- Se condona la deuda que la Fundación Museo Histórico de la Boca
mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto de
Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido,
Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y Ley 23.514 entre el mes de
Enero de 2021 hasta el mes de Agosto de 2023, cuyo monto asciende a doscientos
treinta un mil seiscientos sesenta y cuatro pesos con cuarenta y ocho centavos.
Art. 2°.- A los fines de la vigencia del Artículo 1° de la presente Ley, la existencia de
eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a
reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.
Art. 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la
presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi
DECRETO N.° 506/23
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2023
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6702 (EE Nº
46.543.077/GCABA-DGCCN/2023), sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con fecha 7 de diciembre de 2023.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese al Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. MACRI - Arengo Piragine - Grindett
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