Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de noviembre de 2019
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Sustitúyese el texto del artículo 9° de la Ley 6005 por el siguiente:
"Artículo 9°.- Denomínase "Alberto Demiddi" a la calle que se extiende desde su intersección con la Av. Escalada hasta la calle sin denominación paralela a 23 de Junio, según lo señalizado como punto 9 en el Anexo que forma parte de la presente."
Artículo 2°.- Sustitúyese el Anexo de la Ley 6005 por el Anexo de la presente.(*)
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 6222
Sanción: 07/11/2019
Promulgación: Decreto Nº 405 del 21/11/2019
Publicación: BOCBA N° 5749 del 26/11/2019
(*) Nota: El Anexo de la presente Ley fue publicado en el cuerpo de la misma, en el Artículo 2º.