Jueves 18 de abril de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Discapacidades
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Discapacidades - Accesibilidad
 
Discapacidades
Accesibilidad

LEY N° 3.817

Sanción: 02/06/2011

Promulgación: De Hecho del 29/06/2011

Publicación: BOCBA N° 3703 del 12/07/2011

Buenos Aires, 02 de junio de 2011.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Los cementerios localizados en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán contar con rampas de acceso adaptadas para personas con discapacidad.

Artículo 2°.- Las citadas rampas deberán construirse respetando, en todos sus términos, lo establecido en la Ley 962 de Accesibilidad Física para Todos.

Artículo 3°.- Las rampas a que se refiere el Artículo 1° deberán estar operativas dentro de los ciento ochenta (180) días de publicada la presente Ley.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ




 

www.ciudadyderechos.org.ar