Buenos Aires 05 de noviembre de 1998
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º- Autorízase al Centro de Nivel Secundario Nº 32 a modificar el destino de pesos cien ($100.-), recibidos en concepto de subsidio por "Transporte Escolar" (Ordenanza 43.411), correspondientes al año 1.996, con el fin de destinarlos a solventar gastos de "Mantenimiento Edilicio".
Artículo 2º- La autorización conferida por el artículo precedente no implica la aprobación de la rendición de cuentas que corresponda, la que deberá seguir el trámite ordinario en la dependencia respectiva del Poder Ejecutivo.
Artículo 3º- Comuníquese, etc.
ANIBAL IBARRA
MIGUEL ORLANDO GRILLO