RESOLUCIÓN Nº 3939/GCABA/MEGC/10
Publicada en el BOCBA 3502 del 13/09/2010
Buenos Aires, 18 de agosto de 2010
VISTO:
La Resolución N° 78-MEGC-10 y la Carpeta N° 908.396-MEGC/10 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 25.864 fija un ciclo lectivo de 180 días efectivo de clases, correspondiendo a cada jurisdicción la adopción de medidas necesarias a fin de compensar los días de clase perdidos;
Que por la Resolución N° 78-MEGC-10 y sus modificatorias se aprobó la Agenda Educativa para el período 2010;
Que se hace necesario asegurar el cumplimiento de los 180 días mínimos de clase en pos de la calidad educativa, a fin de garantizar el aprendizaje de los alumnos en los tiempos acordes al desarrollo de los mismos;
Que es parte de la política educativa de esta jurisdicción abogar por la igualdad de oportunidades de todos los alumnos, tanto de aquellos que concurren a escuelas de gestión estatal, como de gestión privada, al garantizarles la posibilidad de acceder a 180 días de clase y un mínimo de horas de clases.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Articulo 1°.- Autorizase a la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, por el término del corriente año, a extender la finalización del ciclo lectivo en el nivel medio en aquellos establecimientos educativos en donde se constate que no se ha alcanzado el mínimo de 180 días de clase.
Articulo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese con copia a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica, a la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, y a las Direcciones Operativas de Educación Media, Artística, Adultos, Técnica y Formación Docente. Cumplido, archívese. Bullrich