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RESOLUCION S.T. y O.P. N° 203/89


VISTO y CONSIDERANDO lo peticionado por la DIRECCION GENERAL de PROVINCIAS del MINISTERIO del INTERIOR en su Nota D.G.P. N° 0099/89 y lo informado por la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE INTERURBANO


EL SECRETARIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS RESUELVE:

ARTICULO 1°.: Considéranse comprendidos en la disposición del artículo 3° de la Resolución M.O. y S.P. N° 103/72, todos los servicios interurbanos de transporte de pasajeros por automotor de jurisdicción nacional, aunque su categoría tarifaria corresponda a las líneas Suburbanas Grupo II.

ARTICULO 2°.: Las empresas de jurisdicción nacional comprendidas en dicha categoría, deberán efectuar en sus servicios interurbanos un descuento del 20% a estudiantes secundarios, universitarios y personal docente.

ARTICULO 3°.: A los efectos previstos en la presente resolución serán de aplicación las disposiciones de los artículos 4°, 5°, y 6° de la Resolución S.S.T. N° 63/72.

ARTICULO 4°.: Notifíquese a las empresas comprendidas en el artículo 1°. Comuníquese con copia de las Resoluciones Nros.103/72 y su reglamentación aprobada por Resolución S.T. N° 63/72 a la DIRECCION GENERAL DE PROVINCIAS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR y hágase saber a la DIRECCION GENERAL DE INSPECCION de la SUBSECRETARIA de TRANSPORTE. Cumplido, vuelva a la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE INTERURBANO, a sus efectos.

ARTICULO 5°.: Regístrese, comuníquese y archívese.






 

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