Miércoles 4 de diciembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Espacio Público
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Espacio Público - Espacio Verde
 
Espacio Público
Espacio Verde

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 09 de diciembre de 2021

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

VENTA AMBULANTE POR CUENTA PROPIA DE CAFÉ EN EL ESPACIO PÚBLICO

Artículo 1°.- Autorízase la actividad de venta ambulante de café en el espacio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- La actividad autorizada en el artículo precedente deberá ser efectuada por personas físicas que actúen exclusivamente por cuenta propia.

Artículo 3°.- La actividad autorizada en el artículo 1° de la presente podrá efectuarse por medio de triciclos o carritos y/o mediante cualquier otro medio de transporte no motorizado.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

AGUSTÍN FORCHIERI

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 6518

Sanción: 09/12/2021

Promulgación: De Hecho del 10/01/2022

Publicación: BOCBA N° 6298 del 17/01/2022




 

www.ciudadyderechos.org.ar