Buenos Aires, 08 de mayo de 2014.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Denominase "Dr. Arturo Oñativia" al espacio verde sin denominación oficial ubicado en la calle Uspallata entre Monteagudo e Iguazú.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.937
Sanción: 08/05/2014
Promulgación: De Hecho del 03/06/2014
Publicación: BOCBA N° 4421 del 19/06/2014