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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de noviembre de 2019

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1°.- Sustitúyese el texto del artículo 9° de la Ley 6005 por el siguiente:

"Artículo 9°.- Denomínase "Alberto Demiddi" a la calle que se extiende desde su intersección con la Av. Escalada hasta la calle sin denominación paralela a 23 de Junio, según lo señalizado como punto 9 en el Anexo que forma parte de la presente."

Artículo 2°.- Sustitúyese el Anexo de la Ley 6005 por el Anexo de la presente.(*)

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

AGUSTÍN FORCHIERI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6222

Sanción: 07/11/2019

Promulgación: Decreto Nº 405 del 21/11/2019

Publicación: BOCBA N° 5749 del 26/11/2019

(*) Nota: El Anexo de la presente Ley fue publicado en el cuerpo de la misma, en el Artículo 2º.




 

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