| Ley CABA  Nº: 6603 / 2022 | 
                         
                        
                          | Publicado en el B.O. CABA Nº 6520 el
                                                            15-12-2022  | 
                         
                       
                        Denomínanse "8 de marzo de 1908", "1 de agosto. Día de la Pachamama", "10 de enero del 2001", "Leona Vicario", "Ramona Martínez" y "Concepción Leyes de Cháves" a los nuevos senderos catastrales del Barrio 20 - Papa Francisco, así como también "Alicia Moreau de Justo" a la nueva plazoleta pública del mismo barrio.    | 
                   
                 
                
                                                                     
                                            Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 17 de noviembre de 2022           
         
Artículo 1º.- Denomínase "8 de marzo de 1908", "1 de agosto. Día de la Pachamama",  "10 de enero del 2001", "Leona Vicario", "Ramona Martínez" y "Concepción Leyes de  Cháves" a los nuevos senderos catastrales del Barrio 20 - Papa Francisco identificados  respectivamente como puntos 1,2, 3, 4, 5 y 6 en el Anexo que forma parte de la  presente.   
Art. 2º.- Denomínase "Alicia Moreau de Justo" a la nueva plazoleta pública del Barrio  20 Papa Francisco identificada como punto 7 en el Anexo que forma parte de la  presente.          
Art. 3º.- Dispónese que en cada extremo de las arterias y en sectores accesibles de  las plazas deberá colocarse una señalización, sea mediante carteles, placas y/o  señalética u otros formatos, que permitan visibilizar el nombre completo de la  denominación y, en su caso, la fecha de nacimiento y fallecimiento de la persona física  referenciada, y explicitar brevemente la razón de la nomenclatura, su significado  social, comunitario, histórico, cultural y artístico. Esta señalética será ubicada a una  altura que permita su fácil lectura y acceso, en idioma español y preferentemente,  también en las lenguas utilizadas por las comunidades residentes en el área."          
Art. 4º.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi          
         
DECRETO N.° 423/22  Buenos Aires, 13 de diciembre de 2022          
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6603 (E.E. Nº 44116606-GCABADGALE/22), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en  su sesión del 17 de noviembre de 2022.  El presente decreto es refrendado por el Señor Ministro de Cultura, por la Señora  Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.  Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la  Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección  General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura y al Ministerio  de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA        
 
                     
                 
                
                
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