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  Buenos Aires, 03 de diciembre de 2009

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Denomínase con los nombres que se enumeran a continuación a las calles enumeradas en el artículo 8º, Subdistrito U31e de la Ordenanza Nº 44.873 que constituyen la Villa Nº 19, ex Barrio INTA:

  1. Los Robles: a la calle sin nombre oficial comprendida entre la colectora de la Avda. Gral. Paz y la ex fábrica INTA y que separa las Manzanas Nros. 7-a y 7-b de las Manzanas 3-a, 3-b, 3-c, 6-a y 6-b.
  2. Los Olmos: a la calle sin nombre oficial comprendida entre la colectora de la Avda. Gral. Paz y las vías del ex ferrocarril Gral. Belgrano y que separa las Manzanas Nros. 7-b, 6-b, 4 y 2 de la ex fábrica INTA y la Manzana Nº 5.
  3. Los Cedros: a la calle sin nombre oficial comprendida entre la colectora de la Avda. Gral. Paz a la altura del cruce vehicular Puente Madero y su intersección con la Manzana Nº 5 y que separa a las Manzanas Nros. 3-a, 3-b, 3-c y 4 de las Manzanas Nros. 1 y 2.
  4. Los Álamos: a la calle sin nombre oficial comprendida entre la colectora de la Avda. Gral. Paz y su intersección con la calle sin nombre oficial que la separa de la Manzana Nº 2 y que separa las Manzanas Nros. 7-a, 3-c y 1 de las Manzanas Nros. 7-b, 6-a y 4.
  5. Del Palo Santo: a la calle peatonal sin nombre oficial comprendida entre la calle sin nombre oficial que la separa de la Manzana Nº 7-a y las vías del ex ferrocarril Gral. Belgrano y que separa las Manzanas Nros. 3-b y 1 de las Manzanas Nros. 3-c y 2.
  6. Los Tilos: a la calle peatonal sin nombre oficial comprendida entre la calle sin nombre oficial que la separa de la Manzana Nº 7-b y la calle sin nombre oficial que la separa de la Manzana Nº 4 y que separa a la Manzana Nº 6-a de la 6-b.
  7. Los Eucaliptos: a la calle sin nombre oficial comprendida entre la calle sin nombre oficial que la separa de la Manzana Nº 3-c y la calle sin nombre oficial que termina en la Manzana Nº 5 y separa las Manzanas Nros. 6-a y 6-b de la Manzana Nº 4.
  8. La Kantuta: a la calle sin nombre oficial comprendida entre la calle sin nombre oficial que la separa de la Manzana Nº 7-a y la calle sin nombre oficial que la separa de la Manzana Nº 1 y que separa a las Manzanas Nº 3-a de la 3-b.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 3.375

Sanción: 03/12/2009

Promulgación: De Hecho del 18/01/2010

Publicación: BOCBA N° 3357 del 08/02/2010




 

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