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LEY N° 3.450

Sanción: 20/05/2010

Promulgación: Decreto 494/010 del 18/06/2010

Publicación: BOCBA N° 3449 del 28/06/2010

                                                                         Buenos Aires, 20 de mayo de 2010

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Apruébase el Acta Acuerdo entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Administración Nacional de la Seguridad Social sobre Cooperación Mutua para la implementación del Programa Asignación Universal por Hijo para Protección Social, representado en dicho acto por el Señor Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, y la Administración Nacional de la Seguridad Social, representada en dicho acto por su Director Ejecutivo, Lic. Diego Bossio, suscripto con fecha 09 de noviembre de 2009 y registrada como Convenio N° 31/09, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ

El Anexo de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3449 del 28/06/2010.

 




 

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