LEY N° 3.432
Sanción: 29/04/2010
Promulgación: De Hecho del 27/05/2010
Publicación: BOCBA N° 3437 del 09/06/2010
Buenos Aires, 29 de abril de 2010.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Restitúyase a la Escuela Nº 16, D.E. Nº 2 “Presidente Mitre“, el uso de los inmuebles ubicados en su franja perimetral que fueran objeto del acuerdo transaccional aprobado por ordenanza Nº 44.832, a partir del vencimiento de la concesión vigente en el predio.
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo iniciará el desalojo administrativo tendiente a obtener la restitución del inmueble citado en el párrafo anterior al momento del vencimiento de la actual concesión.
Artículo 3º.- El predio referido en el artículo 1º Escueladeberá ser destinado al uso exclusivo de actividades pedagógicas propias de la institución de marras, debiendo el Poder Ejecutivo disponer los recursos necesarios para el cumplimiento de dicho fin.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
JULIO RAFFO
CARLOS PÉREZ