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Inicio - Derechos - Inmuebles - Expropiación (Inm)
 
Inmuebles
Expropiación (Inm)

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 05 de diciembre de 2019

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Dejase sin efecto la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble de propiedad de Pelapra S.A. ubicado en las calles Andonaegui 2720/50 y Pedro I Rivera 5401/43, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 63, Manzana 78 y Parcela 1a, dispuesta en el artículo 1° de la Ley 1529, modificada por la Ley 2970.

Artículo 2°.- Dejase sin efecto la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de los inmuebles de propiedad de Induspel S.A.C.I.I.F. ubicados en las calles Esquiú 1333/45, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 36, Parcela 12b; Gral. Juan José Valle 2965, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 36, Parcela 19; Gral. Juan José Valle 2985; Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 36, Parcela 12i; Esquiú 1329, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 36, Parcela 12c., dispuesta por el artículo 1° de la Ley 1529, modificada por la Ley 2970.

Artículo 3°.- Dejase sin efecto la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble de propiedad de Global S.R.L. ubicado en la calle Marcos Paz N°2561/67, entre Marcos Sastre y Santo Tomé de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción 15; Sección 87: Manzana 101; Parcelas 17a y 16, dispuesta por el artículo 1° de la Ley 1529, modificada por la Ley 2970.

Artículo 4°.- Deróganse los incisos 5), 14) y 17) del Anexo I de la Ley 1529 modificado por Ley 2970.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

AGUSTÍN FORCHIERI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6293

Sanción: 05/12/2019

Promulgación: Decreto Nº 024 del 03/01/2020

Publicación: BOCBA N° 5775 del 08/01/2020




 

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