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Inicio - Derechos - Inmuebles - Utilidad pública (Inm)
 
Inmuebles
Utilidad pública (Inm)

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1° de la Ley 317 por el siguiente:

"Autorízase al Poder Ejecutivo a construir las obras civiles correspondientes a la denominada Línea "H" de subterráneos, que en su desarrollo pleno vincula a la Estación Sáenz con la Estación Retiro, a través de la traza que forma parte de esta Ley como Anexo I".

Artículo 2°.- Sustitúyese el artículo 2° de la Ley 317 por el siguiente:

Las obras comenzarán por el tramo que vincula a la Estación Hospitales con la Estación Once y deberán continuar con el tramo Hospitales -- Estación Sáenz hasta su culminación.

Artículo 3°.- Sustitúyese el punto II del Anexo I de la Ley 317 por el siguiente:

"II CONCEPTOS GENERALES DE LA LÍNEA ´H´ DE SUBTERRANEOS
Dentro del Plan de Expansión de la red de subterráneos se destaca la realización de la Línea "H" cuyo trazado completo se extiende desde el barrio de Nueva Pompeya hasta la estación Retiro, donde empalma con la Estación Retiro de la Línea C, constituyendo una única línea C-H permitiendo la circulación de trenes en servicio desde la Estación Constitución de la línea C hasta la Estación Sáenz de la línea H. En lo sucesivo al referirse a la "línea H" se hará referencia al tramo de la línea C-H comprendido entre Estación Sáenz y Estación Retiro (estación actual de la línea C).
El trazado total de la Línea H sigue la Av. Sáenz, Av. Almafuerte, Patagones, Av. Jujuy, Av. Pueyrredón, Av. Ramón Castillo, Carlos H. Perette, Av. Antártida Argentina, Av. Ramos Mejía, y tiene una longitud aproximada de TRECE (13) kilómetros, con dieciséis (16) estaciones, incluida la actual Estación Retiro de la línea C. En los extremos de la Línea H se ubican la Estación terminal Sáenz y la Estación Retiro de la línea C, siendo las Estaciones intermedias Hospitales, Parque Patricios, Caseros, Inclán, Humberto I, Venezuela, Once, Corrientes, Córdoba, Santa Fe, Las Heras, Facultad de Derecho, Padre Mujica y Terminal de Ómnibus.
Hacia el sur, deberá preverse que a partir de la Estación Sáenz la línea sea prolongada por la Av. Perito Moreno hasta el cruce con Av. Fernández de la Cruz en cuyas inmediaciones se dispondrá la estación Fernandez de la Cruz. Esta estación deberá recoger en su diseño de vías y andenes las posibilidades de prolongación ulterior. Se identifican como funciones relevantes a ponderar:
I. la vinculación con la Terminal de Ómnibus Dellepiane;
II. la combinación con el Premetro y
III. en relación a la vinculación con los partidos colindantes del Sur, la combinación con el FC Roca en estación Lanús.
Subterráneos de Buenos Aires SE podrá emplear ramales de la línea H para satisfacer estas funciones.
Durante la construcción se deberá realizar la reubicación de interferencias, tales como cañerías principales pluviales y cloacales, de desagües, cables de suministro de energía eléctrica, conductos de agua corriente (entre ellos el conducto de cinco metros de diámetro que se prolonga debajo de la calle Arenales y que provee agua a ciudades del conurbano), tendidos de cables telefónicos, etc.
El trazado subterráneo se proyecta en túnel de vía doble o dos túneles de vía simple, según la conveniencia constructiva, agregando vías de enlace con otras líneas con fines de mantenimiento de los trenes y la infraestructura. El trazado se desarrolla en su mayor parte por debajo de áreas públicas -avenidas y parques- afectando en escasa superficie subsuelos de propiedad privada. Se han previsto para las estaciones y los túneles métodos constructivos que producen una mínima afectación de calzadas y veredas, evitando cortes prolongados del tránsito vehicular y molestias a los vecinos.
Para el trazado de las vías se eligieron radios de curva mínimos de doscientos (200) metros y pendientes de hasta un cuarenta por mil (40 0/00).
Sólo excepcionalmente se reducen y superan estos valores respectivamente, en puntos singulares con fuertes condicionantes.

Artículo 4°.- Sustitúyese el punto IV del Anexo I de la Ley 317 por el siguiente:

"IV. TRAZADO
La importancia de esta Línea se manifiesta en cuatro aspectos fundamentales. En primer lugar, la Línea H es la primera que une el Norte con el Sur de la Ciudad de Buenos Aires proveyendo cobertura a uno de los principales ejes del macrocentro y límite oeste del Área Central constituido por las avenidas Pueyrredón y Jujuy donde se desarrollan una gran cantidad de actividades.
En segundo lugar, la Línea H ampliará la cobertura al Área Multimodal Retiro Puerto Nuevo a través de las Estaciones Facultad de Derecho, Padre Mujica y Terminal de Ómnibus.
En tercer lugar, cuenta con un carácter de transversal a las líneas radiales (actuales y futuras), que convergen al microcentro, permitiendo al usuario mejores combinaciones y facilitando el traslado entre distintos puntos de la ciudad.
Por último, además, cumple la función de distribuir los viajes de los cuatro centros de transporte intermodal (colectivos-subterráneos-ferrocarriles) más importantes de la Ciudad y que la vinculan con el resto del Área Metropolitana: Estación Sáenz, Estación Once, Estación Retiro, y Estación Constitución. A ellos se les agregará, un quinto y nuevo centro de transporte intermodal en la Estación Facultad de Derecho que complementará a Retiro, supeditado a la construcción de nuevas estaciones ferroviarias, de forma tal que los viajes ferroviarios orientados hacia el microcentro se canalizarán por la Estación Retiro y los viajes orientados hacia el macrocentro lo harán por la Estación Facultad de Derecho.
El proyecto en su totalidad (Sáenz - Retiro) prevé la interconexión con Ferrocarril Belgrano Sur (Estación Sáenz), con la Línea "E" (Estación Jujuy); con la Línea "A" y el Ferrocarril Sarmiento (Estación Once), con Línea "D" (Estación Santa Fe); con la Línea "B" (Estación Pueyrredón), con los Ferrocarriles Mitre, Belgrano y San Martín (Estación Facultad de Derecho), y en Retiro el empalme con la Estación Retiro de la Línea C y con los Ferrocarriles Mitre, Belgrano y San Martín; y con el Ferrocarril Roca (Estación Constitución). En el futuro conectará también con las Líneas "F" y "G".
El trazado comienza en la Estación SAENZ, ubicada en Av. Sáenz en su intersección con la Av. Perito Moreno, prosigue por Av. Almafuerte hasta la Estación HOSPITALES, que se encuentra entre el Hospital General de Agudos J. A. Penna y el Hospital Policial Churruca-Visca. Continúa el recorrido por Parque Patricios, hasta llegar a la Estación PARQUE PATRICIOS.
Continúa el recorrido por Patagones y luego Av. Jujuy hasta la Estación CASEROS.
Prosigue el recorrido por Av. Jujuy, en la intersección de dicha avenida y Av. Juan de Garay, se encuentra la Estación INCLAN. Continuando por Av. Jujuy hasta Av. San Juan, donde se halla la Estación HUMBERTO I y donde intersecta a la Línea "E", comunicándose con Estación Jujuy de dicha Línea. De allí sigue siempre por Av. Jujuy hasta cruzar a Av. Belgrano, donde se ubica la Estación VENEZUELA.
Prosigue por Av. Jujuy hasta la Estación ONCE, donde establece comunicación con estación Plaza Miserere de la Línea "A" y la terminal del Ferrocarril Sarmiento.
Continúa el recorrido por Av. Pueyrredón hasta Av. Corrientes, enlazando a la Línea "B" en la Estación Pueyrredón de ésta, construyéndose allí la Estación CORRIENTES.
En el cruce de Av. Pueyrredón y Av. Córdoba se encuentra la Estación CORDOBA, donde se comunicará con la futura Línea "G" que correrá por dicha avenida en forma longitudinal. De allí sigue por Av. Pueyrredón hasta el cruce con Av. Santa Fe, encontrándose la Estación SANTA FE, que se comunica con la Estación Pueyrredón de la Línea "D". Siempre por Av. Pueyrredón hasta el cruce con Av. Las Heras donde se ubica la Estación LAS HERAS.
La Línea "H" continúa hasta las inmediaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde se encuentra la Estación FACULTAD DE DERECHO, que a su vez establecerá comunicación peatonal con el Ferrocarril Mitre, Ferrocarril Belgrano Norte y Ferrocarril San Martín, quedando la citada comunicación supeditada a la construcción de nuevas estaciones ferroviarias. El trazado cruza a desnivel las vías de los ferrocarriles antes indicados y continúa hasta las inmediaciones del viejo edificio de correo denominado "Movimiento del Correo" donde se encuentra la Estación PADRE MUJICA sobre el eje de la avenida Ramón Castillo.
Continúa hasta la Estación TERMINAL DE ÓMNIBUS emplazada en las inmediaciones de la Terminal de Omnibus y sobre el eje de la calle Carlos H. Perette, estableciéndose la conexión con la Terminal de Ómnibus de Retiro.
La traza prosigue por el eje de la Av. Antártida Argentina, Av. Ramos Mejía y empalme con las vías de la actual Línea C en la Estación RETIRO, conexión con los Ferrocarriles Mitre, Belgrano y San Martín.
Por lo tanto, en el recorrido total de la Línea "H" se prevé la construcción de dieciséis (16) estaciones con un recorrido total aproximado de trece (13) kilómetros, integrándose operativamente con la línea C por la circulación de trenes en servicio de una a otra línea, estableciendo combinación con todas las líneas de la Red de Subterráneos existentes y planificadas, uniendo importantes centros de transporte intermodal (subterráneos-ferrocarril-colectivos) como son las Estaciones Sáenz, Once, Retiro y Constitución, barrios de gran importancia como Recoleta, Barrio Norte, Villa 31, Villa 31 bis, edificios públicos en el Área Multimodal Retiro Puerto Nuevo y de Parque Patricios, Centro Municipal de Exposiciones, Museo Nacional de Bellas Artes, Biblioteca Nacional; la futura Ciudad Judicial, Universidades, la Terminal de Ómnibus e importantes plazas de la ciudad, como Parque Thays o Parque Patricios. Se dispone la construcción e instalación de cocheras y talleres con capacidad para cubrir las necesidades operativas de la línea incluyendo el estacionamiento y mantenimiento de las formaciones.
En resumen, se puede describir el trazado como sigue:

TRAMO Desde Hasta Longitud -
Tramo (m)
Cola de maniobras Est. Sáenz 483,98 770,83 286,85
Est. Sáenz En el predio comprendido entre las calles Sáenz, Perito Moreno, Las Palmas, Tabaré y vías del FC Belgrano
Est. Sáenz - Est. Hospitales 881,56 1.717,50 835,94
Est. Hospitales 1717,50 1.848,05 130,554
Est. Hospitales - Est. Parque Patricios 1.848,05 2.546,94 698,886
Est. Parque Patricios 2.546,94 2.668,55 121,606
Est. Parque Patricios - Est. Caseros 2.668,55 3.407,695 739,149
Est. Caseros 3.407,70 3.519,448 111,753
Est. Caseros - Est. Inclán 3.519,45 4.080,40 560,956
Est. Inclán 4.080,40 4.206,30 125,9
Est. Inclán - Est. Humberto I 4.206,30 4.791,75 585,446
Est. Humberto I 4.791,75 4.919,75 128
Est. Humberto I - Est. Venezuela 4.919,75 5.693,40 773,647
Est. Venezuela 5.693,40 5.806,10 112,7
Est. Venezuela - Est. Once 5.806,10 6.394,99 588,892
Est. Once 6.394,99 6.506,189 111,2
Est. Once - Est. Corrientes 6.506,19 6.973,407 467,218
Est. Corrientes 6.973,41 7.108,625 135,218
Est. Corrientes - Est. Córdoba 7.108,63 7.496,78 388,159
Est. Córdoba 7.496,78 7.631,78 135
Est. Córdoba - Est. Santa Fe 7.631,78 8.011,85 380,065
Est. Santa Fe 8.011,85 8.146,85 135
Est. Santa Fe - Est. Las Heras 8.146,85 8.914,43 767,58
Est. Las Heras 8.914,43 9.049,43 135
Est. Las Heras - Est. Facultad de Derecho 9.049,43 9.742,30 692,871
Est. Facultad de Derecho En el eje de la calle J.V. González, entre Av. F. Alcorta y vías FFCC
Est. Facultad de Derecho - Est. Padre Mujica 9.949,96    
Est. Padre Mujica En el eje de la avenida R. Castillo en las inmediaciones de su cruce con calle 12.
Est. Padre Mujica - Est. Terminal de Ómnibus      
Est. Terminal de Ómnibus En el eje de la calle Carlos Perette, entre Av. A. Argentina y Calle 4.
Est. Terminal de Ómnibus - Est. Retiro      
Est. Retiro De la línea C.

El Poder Ejecutivo a través de Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado debe establecer la información correspondiente a "Progresiva" y "Longitud de Tramo" no incluida en el cuadro anterior y las definiciones técnicas, estructurales y constructivas.
El tramo comprendido entre la Estación Corrientes y la Estación Facultad de Derecho, debe ser proyectado teniendo en cuenta necesidades futuras de integración con los ferrocarriles y la combinación con futuras líneas de Subterráneos.
Para el suministro eléctrico de toda la Línea "H" se prevén seis (6) subusinas eléctricas (Almafuerte, Humberto I, Miserere, Santa Fe, Alcorta y Retiro), ubicadas en las cercanías de las estaciones homónimas.
La potencia total instalada del sistema será de treinta y cinco mil Kilowatts (35.000 Kw), con una superficie necesaria para la construcción de la obra civil, en cada uno de los puntos citados, de cuatrocientos metros cuadrados (400 m2), en los cuales se instalarán los equipos en una sola planta."

Artículo 5°.- Reubícase la Estación Sáenz, la que será la nueva cabecera sur de la Línea H de Subterráneos de Buenos Aires, en su nuevo emplazamiento en la intersección de las Avenidas Sáenz y Perito Moreno.

Artículo 6°.- Autorízase la continuación de la Línea H de Subterráneos de Buenos Aires por la Av. Perito Moreno, llegando hasta la Villa 1-11-14 con una estación a emplazar en las inmediaciones del cruce entre Av. Perito Moreno y Av. Fernández de la Cruz, según los requerimientos técnicos que surjan de su prolongación ulterior. Se identifican como funciones relevantes a ponderar:

  1. la vinculación con la Terminal de Ómnibus Dellepiane;
  2. la combinación con el Premetro;
  3. en relación a la vinculación con los partidos colindantes del Sur, la combinación con el FC Roca en estación Lanús.

Podrán emplearse ramales de la línea H para satisfacer estas funciones, siendo el tronco común el de Sáenz a Retiro.

Artículo 7°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble sito en la Avenida Sáenz 753, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 106, Parcela 016A. Dicho bien será afectado a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado, para la construcción de la estación intermodal Sáenz, tramo A1 de la Línea H de la Red de Subterráneos.

Artículo 8°.- La determinación del precio del bien sujeto a expropiación conforme lo dispuesto en el artículo 7° se hará de acuerdo con la tasación del Banco Ciudad de Buenos Aires, según lo establecido por el artículo 10 de la Ley 238.

Artículo 9°.- Los comerciantes no propietarios e inquilinos de vivienda única familiar del inmueble sujeto a expropiación conforme el Art. 7° de la presente, serán alcanzados, en caso de corresponder, por el régimen de ayuda económica previsto en el Art. 8° de la Ley 3948 modificada por la Ley 4381, conforme lo establecido en los Artículos 9°, 10° y 11° de la Ley 3948 con la modificación citada; debiendo iniciar el correspondiente trámite de adhesión a partir de la efectiva expropiación del inmueble.

Artículo 10.-   "Los bienes declarados de utilidad pública y expropiados en virtud del artículo 2° de la Ley N° 3.948 podrán ser destinados por Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado a otros usos para instalaciones auxiliares y complementarias del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUBTE), talleres, almacenes, depósito de equipamiento, sub-estaciones rectificadoras (SER), centros de potencia y/o cualquier otro destino que sea necesario para la infraestructura y/o funcionamiento del SUBTE. Exceptúase de lo dispuesto en el primer párrafo del presente artículo y en el artículo 3° de la Ley N° 3.948, al predio ubicado en Av. Sáenz N° 760, denominación catastral: Circunscripción 2, Sección 34, Manzana 012B, Parcela 008, el cual será afectado al Poder Ejecutivo para ser destinado a la ejecución de diversas obras de infraestructura que tendrán por objeto la creación de un Centro de Transbordo Intermodal que conectará la Estación Sáenz del Ferrocarril Belgrano Sur, con la Línea H del SUBTE y las líneas del Autotransporte Público de Pasajeros. .

(Conforme texto Art. 1º de la Ley Nº 5.356, BOCBA N° 6596 del 10/04/2023)

Artículo 11.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a la partida presupuestaria de Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado -- Construcción de la Línea H.

Artículo 12.- Deróganse los artículos 1° y 2° de la Ley 4633.

Artículo 13.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.233

Sanción: 11/12/2014

Promulgación: Decreto Nº 031 del 14/01/2015

Publicación: BOCBA N° 4563 del 21/01/2015




 

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