Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 05 de diciembre de 2019
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Dejase sin efecto la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble de propiedad de Pelapra S.A. ubicado en las calles Andonaegui 2720/50 y Pedro I Rivera 5401/43, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 63, Manzana 78 y Parcela 1a, dispuesta en el artículo 1° de la Ley 1529, modificada por la Ley 2970.
Artículo 2°.- Dejase sin efecto la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de los inmuebles de propiedad de Induspel S.A.C.I.I.F. ubicados en las calles Esquiú 1333/45, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 36, Parcela 12b; Gral. Juan José Valle 2965, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 36, Parcela 19; Gral. Juan José Valle 2985; Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 36, Parcela 12i; Esquiú 1329, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 36, Parcela 12c., dispuesta por el artículo 1° de la Ley 1529, modificada por la Ley 2970.
Artículo 3°.- Dejase sin efecto la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble de propiedad de Global S.R.L. ubicado en la calle Marcos Paz N°2561/67, entre Marcos Sastre y Santo Tomé de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción 15; Sección 87: Manzana 101; Parcelas 17a y 16, dispuesta por el artículo 1° de la Ley 1529, modificada por la Ley 2970.
Artículo 4°.- Deróganse los incisos 5), 14) y 17) del Anexo I de la Ley 1529 modificado por Ley 2970.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 6293
Sanción: 05/12/2019
Promulgación: Decreto Nº 024 del 03/01/2020
Publicación: BOCBA N° 5775 del 08/01/2020