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Inicio - Derechos - Inmuebles - Utilidad pública (Inm)
 
Inmuebles
Utilidad pública (Inm)

 

Buenos Aires, 19 de mayo de 2005.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio ubicado en la avenida Independencia 3340, entre Virrey Liniers y Sánchez de Loria, de la Ciudad de Buenos Aires, denominación catastral Circunscripción 8, Sección 30, Manzana 29, Parcela 7.

Artículo 2°.- El mencionado predio será anexado al Jardín Integral N° 2, D.E. 6, sito en la avenida Independencia 3354.

Artículo 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida presupuestaria perteneciente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente al año 2004.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.701

Sanción: 19/05/2005

Promulgación: De Hecho del 24/06/2005

Publicación: BOCBA N° 2227 del 07/07/2005




 

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