Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 05 de diciembre de 2019
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Autorízase la disposición por parte del Poder Ejecutivo del inmueble
identificado catastralmente corno Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 184, así
como aquellos que surgiesen de un eventual fraccionamiento o redistribución
parcelaria.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo deberá convocar a un Concurso Público para el desarrollo
urbanístico del conjunto “Costa Salguero - Punta Carrasco” conformado por la
Manzana 171 de la Sección 21 y la Manzana 184 de la Sección 15, ambos de la
Circunscripción 19. Las bases del concurso deberán contemplar las normas de
seguridad aeronáuticas que establezca la Administración Nacional de Aviación Civil
Argentina, disponer que al menos el 65 % de la superficie del conjunto “Costa
Salguero - Punta Carrasco” tenga destino de uso y utilidad pública, vías públicas y
espacios verdes parquizados y destinar un ancho adyacente continuo a la línea de
ribera no menor a treinta (30) metros que sólo podrá ser destinado a espacio verde
público asegurando la conectividad y transitabilidad de todo el borde ribereño.
Artículo 3°.- El producido de la disposición tendrá como destino el financiamiento de obras
de infraestructura de salud y educación, transporte y servicios, equipamiento social,
espacios públicos, soluciones hidráulicas, vivienda social, promoción del alquiler social
y reurbanización de barrios vulnerables. La disposición no podrá realizarse antes del
dictado de una nueva normativa urbanística, la cual a su vez requerirá de la previa
convocatoria del Concurso Público referido en el artículo precedente.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 6289
Sanción: 05/12/2019
Promulgación: Decreto Nº 023/020 del 03/01/2020
Publicación: BOCBA N° 5775 del 08/01/2020