Buenos Aires, 03 de agosto de 2000.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Otórgase a la Asociación "Catalinas Sur" la renovación del permiso de uso a título precario y gratuito del predio ubicado en la calle Azopardo 1504/16/18/50, entre la calle Necochea 150 y la Avenida Brasil (circunscripción 20, sección 6, manzana 64a, parcela 1) por el término de diez (10) años a partir del 1º de enero del año 2000, con exclusión de una porción de terreno de 33 metros de frente sobre calle Azopardo y de 26 metros de fondo sobre Avenida Brasil", conforme lo establecido en el artículo 1º del Decreto 2250-GCBA-99. (Conforme texto Artículo 1° de la Ley N° 556 BOCBA 1188 del 09/05/2001)
Artículo 2º.- La entidad beneficiaria deberá facilitar sus instalaciones para que en ellas puedan desarrollar sus actividades las futuras Colonias de Verano que organiza el Gobierno de la Ciudad y las clases de Educación Física de las escuelas públicas de la zona debiendo convenir, de común acuerdo, la forma de acceso y los sectores a utilizar de dichas instalaciones.
Artículo 3º.- La cesión otorgada será revocada en caso que la entidad beneficiaria no de cumplimiento a los fines propuestos en el artículo 2º, en cuyo caso las mejoras que se introdujeran en el predio quedarán a beneficio exclusivo del Gobierno de la Ciudad sin derecho a indemnización.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc
CRISTIAN CARAM
RUBÉN GÉ
LEY N° 460
Sanción: 03/08/2000
Promulgación: Decreto N° 1522/2000 del 05/09/2000
Publicación: BOCBA N° 1026 del 13/09/2000